USTED NECESITA DEMANDAR Y HACER VALER SUS DERECHOS CUANDO se presenta la conducta de algun profesional de la salud, de una Institución, Aseguradora, EPS, Entidad de Vigilancia y Control; realiza una conducta incorrecta o accidente (Negligente, Imprudente, Impericia o Incumpliendo un Reglamento) que genera un daño al paciente. De esta forma, surge la obligación de indemnizar los perjuicios ocasionados a las víctimas o sus familiares. En hipótesis como: Parálisis Cerebral, Lesión o muerte por error de diagnóstico, diagnóstico tardío o error en el tratamiento, Muerte Fetal, Lesiones o muerte materna, infecciones de origen hospitalario etc. Igualmente ocurre una responsabilidad en sin número de situaciones de la vida, otro ejemplo es cuando un usuario interpone alguna demanda o denuncia y esta nunca es atendida o ha hecho tramite por parte de la administración de justicia o del estado, estaríamos incurriendo en una falta susceptible de alguna indemnización. Otro ejemplo es el de las compañías de seguros o empresas que vulneran derechos a personas naturales y jurídicas Responsabilidad por daño ecológico al medio ambiente. Indemnización de perjuicios en la acción de tutela. Responsabilidad de ingenieros, arquitectos, abogados y demás profesionales. Demandas contra el estado y particulares por daños y perjuicios. LONDOÑO & GUTIERREZ ABOGADOS SAS CALLE 94 A No 11 A – 66 OF. 101 3022824286 CITA PREVIA – AGENDE SU CITA |